lunes, 28 de octubre de 2019

Estatuto Docente (2da parte)

Así como en nuestra carrera adquirimos conocimientos - específicamente - matemáticos y pedagógicos, también debemos informarnos sobre cuestiones más administrativas porque nuestro rol como docente no sólo se limita a enseñar nuestra asignatura dentro del aula. Existen otras cuestiones (como llenar una planilla, presentar licencias, etc.) que se detallan en el Estatuto Docente. 
En las clases de intercátedra pudimos detenernos a analizar las faltas administrativas que comete el docente e implica alguna sanción. Por un lado las faltas leves que puede traer sanciones desde una observación en el cuaderno hasta una suspensión por 5 días hábiles; y por otro lado las faltas graves (más de 10 inasistencias injustificadas por ejemplo) pueden ocasionar sanciones más severas, dependiendo de cada caso, tales como una suspensión de entre 6 a 90 días sin goce de haberes, descenso de jerarquía y exoneración del cargo, entre otras. Tanto docentes titulares como provisionales y suplentes pueden firmar en disconformidad dicha sanción y se procede a una investigación para saber si la sanción aplicada fue correcta o si hay que revocarla.

Como ejemplo personal, podemos de dar cuenta de un hecho reciente con un profesor que al no cumplir con su rol y hallarse algunas faltas administrativas,varias faltas injustificadas, no calificar la cursada de los estudiantes, no presentar documentación en tiempo y forma, tuvo que abandonar el cargo como docente de esa cátedra y lamentablemente los más perjudicados son los estudiantes que aún no han podido cerrar la cursada, ni siquiera aprender de qué se trataba la materia desde un inicio, perdiendo la regularidad y quedando a la suerte de rendir libre. 

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