- ¿Qué se entiende por responsabilidad en el ámbito educativo? Ser responsable significa responder ante una situación de algo que hice mal, deberé de responder y arreglarlo. Es soportar las consecuencias de una acto docente. En el caso de una falta leve no pasa nada, pero si la falta cometida es grave la responsabilidad es mayor. Como docente debo responder en el ámbito de la Responsabilidad Administrativa ( cuando se comete una falta administrativa), Responsabilidad Penal (cuando se comete un delito, robo, hurto, violencia contra un menor, etc.) o bien,responder ante una Responsabilidad Civil, cuando por un accionar propio u omisión un alumno o un tercero sufre daños, ya sea moral o material, debo responder civilmente, esto quiere decir económicamente, pagar por dichos daños.
- ¿Cuando puede verse comprometida la Responsabilidad civil de un docente ante un eventual daño sufrido u ocasionado por un alumno? Un estudiante que está a cargo del docente puede sufrir un daño o bien puede ocasionar un daño a algún compañero por un descuido. Según el artículo 1767 del código civil el titular del establecimiento educativo responde por el daño causado o sufrido por sus estudiantes menores de edad (responder económicamente) cuando se hallen o deban hallarse bajo el control de la autoridad escolar. Ahora bien, no se responde cuando ocurre en caso fortuito. Por tanto es importante tener en cuenta la circunstancia de tiempo, modo y lugar.
- ¿Cuál es la diferencia entre Responsabilidad Objetiva y Subjetiva? Lo objetivo es que comprobado el daño el seguro contratado por el establecimiento educativo responder sin importar si hubo o no culpa. En cambio, la responsabilidad subjetiva es por actuación culposa del docente caracterizada por: Negligencia (el que hace menos de lo que debe hacer, el que dice "no va a pasar nada", generalmente por faltas de cuidado); Imprudencia (es el que hace más de lo que puede hacer y excede de su campo de control, el que dice "yo lo se todo, no pasa nada"); Impericia (realizar mal mi arte o profesión). En estos 3 niveles el docente es culpable, lo que quiere decir es que no actuó con intención, en tanto el Dolo es cuando el daño ocurrido es porque el docente actuó intencionalmente.
- ¿Qué condiciones son necesarias para que resulten responsables los titulares del establecimiento educativo? En primer lugar, los estudiantes tienen que ser menores de edad (menores de 18 años). En segundo lugar tiene que ser en actividad escolar, esto es en acto educativo (dentro del horario escolar, fuera del horario escolar si es una salida educativa,etc.). En tercer lugar ocurre en todos los niveles de enseñanza, exceptuando la enseñanza terciaria y universitaria. Y por último que si o si debe haber un daño comprobado por el cual hay que responder.
- Ante el reclamo de un daño, ¿en qué casos es posible eximirse de responsabilidad? En caso fortuito: hecho que no ha podido ser previsto o que no se pudo evitar. Desde ser imprevisible, inevitable, ajeno al deudor y con aptitud para impedir el cumplimiento de la obligación.
- ¿Qué anticipaciones debería considerar un equipo de conducción en el marco de su gestión institucional? El director o directora debe informar al docente las obligaciones comunes y cuáles son las normas de cuidado. Según el artículo 39 la obligación de cuidado de estudiantes comprende todos los tiempos y momentos en que se concreta el acto educativo. Se inicia con la entrada de los estudiantes al establecimiento y finaliza cuando el último de ellos se retira del mismo.
- ¿Cómo proceder en el caso que ocurra un hecho dañoso o siniestro en el ámbito escolar? y ¿Cómo proceder en el caso de un accidente escolar? son preguntas que aún no hemos podido responder por el momento, pero se supone que en la Guía de intervención en Conflictos Escolares se explica claramente.
lunes, 28 de octubre de 2019
Responsabilidad Civil en el ámbito educativo
En las clases llevadas a cabo por la profesora Nora Muñoz nos hemos puesto a analizar algunas de las 10 preguntas que nos ayudarán a entender de qué se trata la responsabilidad por parte del docente, dentro y fuera de la escuela.
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